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Existen muchos antecedentes a lo largo de la Historia de figuras
o instituciones que, en nombre de súbditos o ciudadanos, mediaban ante el poder de reyes y señores.
Así, en la Edad Media, existieron algunos ejemplos, como el
"Sindic de Greuges" (Síndico de Agravios) en los territorios
de Valencia y Cataluña, o el
"Justicia Mayor de Aragón".
En los reinos musulmanes existía la figura del
Sahib
Al-Mazalim, especie de juez y mediador de los súbditos ante el califa y las autoridades en
casos de actos injustos o abusivos del poder.
La figura actualizada del Defensor del Pueblo -o el
Ombudsman, en la terminología anglosajona- con los rasgos
principales de hoy en día, nace a principios del siglo XIX con la Constitución Sueca aprobada en
1809.
Es una figura de naturaleza parlamentaria dotada de una amplia independencia para controlar,
en nombre del Parlamento, la actuación de los agentes y funcionarios del gobierno del rey.
En España, el Defensor del Pueblo se crea con la Constitución Española de 1978, en el
artículo
54.
El camino de Andalucía por lograr su autogobierno alcanza su momento solemne con la
aprobación del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por el Pueblo Andaluz en referendum
el 20 de Octubre de 1981. Nuestro estatuto establece en su artículo 46:
"Sin perjuicio de la institución prevista en el artículo 54 de la
Constitución y de la coordinacióncon la misma, una ley regulará la institución del Defensor del
Pueblo como Comisionado del parlamento, designado por éste para la defensa de los derechos y
libertades comprendidos en el Título Primero de la Constitución, a cuyo efecto podrá supervisar la
actuación de la administración autonómica, dando cuenta al Parlamento".
Así, el Pleno del Parlamento de Andalucía, en su sesión del día 1 de Diciembre de 1983,
aprobó la
Ley
9/1983, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz. Esta Ley ha sido modificada por la Ley
3/1996, de 16 de Julio, para ampliar de dos a tres el número de Adjuntos del Defensor.
La duración de los mandatos del Defensor del Pueblo Andaluz es de cinco años. Desde la
creación de la figura se han producido
cinco mandatos:
El Parlamento de Andalucía reunido en Pleno designó primer Defensor del Pueblo Andaluz a
Manuel
Conde-Pumpido Ferreiro el día 28 de Noviembre de 1984 para un mandato de cinco años.
Durante este primer mandato, fueron nombrados Alonso Balosa García, Adjunto Primero, y María
José Camilleri Hernández, Adjunta Segunda.
El día 17 de Enero de 1990 se designó para un nuevo mandato a Conde-Pumpido. Alonso Balosa
García fue nombrado Adjunto Primero junto a María José Camilleri Hernández que fue designada
Adjunta Segunda. Con posterioridad, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada fué designado Adjunto Primero.
El tercer mandato de la Institución se abre el día 16 de Julio de 1996, en el que se designa
por el Parlamento a
José
Chamizo de la Rubia nuevo Defensor del Pueblo Andaluz.
Los Adjuntos nombrados son:
Jaime
Bretón Besnier,
Sebastián
de la Obra Sierra y
Diego
de los Santos López.
El cuarto mandato de la Institución comienza con la designación, de nuevo, de
José
Chamizo de la Rubia como defensor, elegido por el Pleno del Parlamento de fecha 28 de Noviembre
de 2001. La modificación de la ley reguladora de la Institución por la que se crea la figura de un
cuarto adjunto, permite la designación de
María
Rodríguez Gil como Adjunta y de
Jaime
Bretón Besnier,
Sebastián
de la Obra Sierra y
Diego
de los Santos López como Adjuntos.
El actual mandato de la Institución comienza con la designación, por tercera vez consecutiva,
de
José
Chamizo de la Rubia como defensor, elegido por el Pleno del Parlamento de fecha 21 de Febrero
de 2007.
Los Adjuntos nombrados son:
Francisco J.
Gutiérrez Rodríguez,
Luis
Pizarro Fernández,
Paola
Vivancos Arigita y
Claudia
Zafra Mengual.
FIN