INICIO
El Estatuto de Autonomía para Andalucía de 1982 supuso la
creación de un Comisionado del Parlamento para la defensa de todos los derechos y libertades
contenidas en el Título I de la Constitución, para cuyo fin puede supervisar a la actuación de las
Administraciones Públicas.
El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución Parlamentaria, a la que puede acudir toda
la ciudadanía, sin distinción alguna, para presentar sus quejas.
El procedimiento es informal, y basta para su iniciación con que se presente un escrito
motivado de la queja. A partir de aquí, toda la tramitación del procedimiento se realiza a impulso
del Defensor del Pueblo Andaluz, aunque la persona interesada puede conocer, en todo momento, el
estado de tramitación de su queja.
Una vez que obtenemos la información necesaria, la Institución expresa su posición valorando
si ha existido, o no, vulneración de un derecho constitucional y proponiendo, en su caso, las
medidas que estime oportunas para proteger el derecho lesionado.
De toda la gestión que realiza anualmente el Defensor del Pueblo Andaluz se da cuenta al
Parlamento de Andalucía, para que realice la valoración y tome las iniciativas que considere
oportunas a la vista del Informe.
Puede utilizar los servicios de la
sede
electrónica del Defensor del Pueblo Andaluz.
También atendemos las consultas para pedir ayuda o asesoramiento sobre las funciones del
Defensor o sobre diversos servicios que prestan las Administraciones Públicas a las personas.
FIN