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Cualquier persona física o jurídica, puede acudir al Defensor
del Pueblo Andaluz, siempre que invoque un interés legítimo.
No importa cuál sea su nacionalidad, residencia o vecindad administrativa, sexo, minoría de
edad, si tiene incapacidad legal o está internada en un centro penitenciario o de reclusión o, en
general, mantiene cualquier relación especial de sujeción o dependencia de una Administración o
Poder público.
Para la presentación de la queja no se necesita la asistencia de abogado ni procurador, y el
procedimiento de tramitación es totalmente gratuito. El nombre de la persona que presenta la queja
se mantiene en secreto frente a terceros y a organismos no implicados en el problema.
No podrá presentar queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz ninguna autoridad
administrativa en asuntos de su competencia.
prueba
FIN