Defensor del Pueblo Andaluz

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Viernes, 10 de Febrero de 2012
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>>  Información sobre las actuaciones en materia de protección de animales Agosto 2002
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En esta Oficina se están recibiendo gran cantidad de escritos, comunicados, correos electrónicos y otros envíos telemáticos en los que, tanto por asociaciones y colectivos conservacionistas, proteccionistas y ecologistas, como por personas a título individual, se nos traslada su malestar por la existencia de prácticas de mal trato a animales, consentidas o toleradas (por acción u omisión) desde las Administraciones Públicas y, la preocupación y malestar de aquellos remitentes por la falta de una Ley de Protección de Animales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ante la imposibilidad material de dar una respuesta individualizada a todas y cada una de las asociaciones y entidades referidas, así como a las personas que exponiéndonos aquél problema nos han enviado su escrito o comunicado, por el presente deseamos dejar constancia pública y facilitar su divulgación y conocimiento, en forma lo más amplia posible, de cuáles han sido y están siendo nuestras actuaciones en relación con la carencia en el Ordenamiento Jurídico autonómico de Andalucía de una Ley de Protección de la Fauna:

1º) La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz tramitó de oficio las actuaciones de referencia 93/2869, sobre el entonces proyecto de Ley de Protección de la Fauna.

En el curso de aquellas actuaciones, formulábamos en fecha 3 de Agosto de 1995 Recomendación dirigida a la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente, entonces competente, del siguiente tenor:
  • "(...) Se continúe el procedimiento de tramitación de la iniciativa normativa legal para la protección de animales, aplicando el mismo y con la participación de los Departamentos con competencias relacionadas con la materia, así como de los agentes sociales y económicos que pudieran estar interesados en participar en el procedimiento de elaboración de la referida norma legal, además de los que por así establecerlo el Ordenamiento Jurídico deban ser consultados".
La citada Resolución fue remitida, dada su existencia entonces, a la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente y a la Viceconsejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, órgano de coordinación en relación a aquella iniciativa normativa, al afectar el asunto a la competencia de varios Departamentos autonómicos.

La reseña de lo actuado y de las Resoluciones formuladas, puede ser consultada en la Base de Datos de Informes y en la página web de esta Institución (http://www.defensor-and.es/, en el correspondiente al año 1993, pag. 589; MEDIO AMBIENTE. Protección de la fauna).

En aquellas actuaciones adoptamos finalmente la Resolución de considerar el asunto como en vías de solución al entender, por la respuesta de la Viceconsejería de Gobernación que se aceptaban nuestras sugerencias al respecto de la proyectada norma. (Vide Base de Datos de Informes del Defensor del Pueblo Andaluz y página web, Informe Anual de 1995, pags. 522 a 525. MEDIO AMBIENTE. Protección de la fauna).

2º) Con posterioridad, incidentalmente hemos debido tratar hechos puntuales o situaciones aisladas que ponían de manifiesto la necesidad de que, para afrontar con una mayor seguridad jurídica y con eficacia y sometimiento pleno a los principios y normas de rango fundamental (Constitución y Tratados Internacionales ratificados por el Estado), la Comunidad Autónoma de Andalucía debería contar con una norma legal de protección de los animales.

Así, expedientes de queja 94/256; 95/189; 95/227; 99/3367; 00/61; 01/2836, etc.

Expedientes reseñados en los correspondientes Informes anuales elevados al Parlamento por esta Oficina; pudiendo ser consultada la reseña de cada caso concreto en la Base de Datos de Informes y en la página web citada.

En aquellos expedientes poníamos de manifiesto a los órganos autonómicos competentes que considerábamos necesaria la elaboración, aprobación y promulgación de una norma legal reguladora de la protección integral de la fauna.

Debido a que el Ordenamiento Jurídico andaluz continúa padeciendo tan importante carencia y ante la reiteración de peticiones que denunciando la misma y solicitando nuestra intervención estamos recibiendo, como hemos expuesto con antelación, se decidió por los responsables en la materia de esta Oficina:

  • Admitir a trámite la queja repetida en todos y cada uno de los escritos que a instancia de parte íbamos recibiendo, acumulando los mismos para su tramitación bajo el número de queja 02/233. La admisión se produjo en fecha 17 de Abril de 2002.
  • Solicitar informe sobre cuál fuera la situación actual de las actuaciones que estuviese llevando a cabo la Administración de la Junta de Andalucía, para dotar al Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Autónoma de una Ley de Protección de los Animales, instando que se adoptase iniciativa al efecto si aún no lo hubiere sido.
FIN
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