2.3. Silencio administrativo.
INICIO
En la
queja 05/3449, el interesado nos exponía que había presentado
diversos escritos de reclamación por el incumplimiento, en su opinión, de diversos requisitos para
el correcto estado higiénico sanitario y de seguridad en el funcionamiento de la Piscina Municipal
del Polideportivo San Pablo, de Sevilla, sin que hubiere recibido una respuesta sobre el fondo del
asunto objeto de sus reclamaciones.
Tras admitir a trámite la queja, fue solicitado el correspondiente informe a la
Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sevilla, debiendo reiterar en diversas ocasiones nuestra
petición de colaboración, debiendo incluso efectuar, con fecha 23 de Diciembre de 2005,
Advertencia de declaración de actitud entorpecedora a las
funciones del Defensor del Pueblo Andaluz, en base a aquella falta de colaboración.
Finalmente, en Marzo de 2006, recibimos el informe de la administración municipal en el que
en síntesis se nos indicaba que se estaba tratando de conciliar la practica deportiva de la
natación con el interés general de contar con unas instalaciones abiertas al público en general,
ello durante los fines de semana; al propio tiempo que el Instituto Municipal de Deportes velaba
por que el estado higiénico sanitario de las instalaciones fuere el mejor posible, con seguimiento
de la situación por el Laboratorio municipal, dependiente de la Delegación de Salud.
De la información recibida se desprendía que el asunto por el que el ciudadano había acudido
a nosotros y el silencio mantenido se habían solucionado, por lo que procedimos a dar por
concluidas nuestras actuaciones en la queja.
FIN